Norma sobre fumar y lo que se inhala intencionalmente durante el ayuno
¿Cuál es la norma sobre fumar e inhalar intencionalmente vapores y humo durante el día de Ramadán, e invalida el ayuno?
El ayuno se invalida al introducir intencionalmente humo o incienso en la cavidad corporal, sea cual sea el humo, y se requiere el qadaʾ. Por fumar tabaco intencionalmente se debe además la kaffarah, según lo que Ibn ʿĀbidīn transmite de al-Shurunbulālī.
El ayunante rompe su ayuno con la llegada de humo, incienso y todas las sustancias inhaladas intencionalmente a la garganta y la cavidad corporal, y le es obligatorio el qadaʾ.
El ayuno se invalida con la llegada intencional de cualquier sustancia física (como humo, incienso y materia inhalada que tenga sustancia) a la cavidad corporal por un orificio abierto.
El ayunante rompe su ayuno al fumar y con la inhalación intencional si llega a la cavidad corporal, porque es una sustancia que llega al interior por su elección, invalidando así el ayuno.