El efecto de retirarse del compromiso sobre los regalos ya entregados
Si se retira el compromiso, ¿puede el pretendiente recuperar lo que regaló? ¿Y cambia la norma según cuál de las partes se retiró?
Los regalos son donación regida por las reglas generales de la donación, de modo que el pretendiente puede recuperar lo que entregó mientras la cosa misma subsista, sin importar qué parte se retiró. Lo que pereció o se consumió no se recupera, salvo que la donación se hiciera con condición de contraprestación.
El pretendiente no recupera nada de lo que regaló, se haya retirado él o ella, salvo que haya costumbre o estipulación de devolución; también se ha dicho que lo recupera si la retirada vino de parte de ella.
La regla es que el donante no recupera su donación tras la entrega, salvo el padre en lo que dona a su hijo. Pero los regalos de compromiso son una donación condicionada a que el matrimonio se complete; si no se completa, el pretendiente recupera la cosa misma si subsiste, o su valor si pereció o se consumió.
El regalo del pretendiente antes del contrato no forma parte de la dote: si le prometieron el contrato y luego no cumplieron, lo recupera; pero si la negativa vino de él, no tiene derecho a recuperarlo.