Norma sobre completar Shaʿbān treinta días si la luna nueva está oculta en la trigésima noche
¿Cuál es la norma si la luna nueva de Ramadán está oculta y no se ve en la trigésima noche?
Si la luna nueva está oculta en la trigésima noche de Shaʿbān, es obligatorio completar Shaʿbān a treinta días. El día de la duda solo se ayuna como ayuno voluntario; ayunarlo por otro ayuno obligatorio es reprobable, y ayunarlo con la intención firme de Ramadán es reprobable en grado prohibitivo.
Es obligatorio completar Shaʿbān treinta días si nubes o polvo impiden ver la luna nueva en la trigésima noche. Ayunar el día de la duda por precaución de Ramadán es reprobable y no vale por él, mientras que ayunarlo por costumbre, como voluntario o como recuperación es lícito.
Si nubes o polvo impiden ver la luna nueva en la trigésima noche de Shaʿbān, es obligatorio completar el mes a treinta días, basándose en el dicho del Profeta: "Si está oculto para vosotros, entonces estimadlo".
Si nubes o polvo obstruyen la trigésima noche de Shaʿbān, es obligatorio ayunarlo con la intención de Ramadán por precaución, y no es obligatorio completar Shaʿbān a treinta días.